
Desde este miércoles, los vehículos de transporte de pasajeros y de carga obligados a llevar el Sistema Limitador de Velocidad (SLV) enfrentarán una multa de Q28 mil (USD 3.636) si no lo tienen instalado, un alza del 40% frente a los Q20 mil (USD 2.597) vigentes en los primeros seis meses de la norma, en un escenario en el que nueve de cada 10 unidades aún no registran el dispositivo pese a que la exigencia rige desde el 2 de marzo de 2026.
La baja implementación aparece en los registros oficiales. Datos de la Dirección General de Transportes, con base en Dirección General de Protección y Seguridad Vial (Provial), muestran que entre el 1 de enero y el 28 de agosto de 2026 había 28.407 vehículos con el SLV instalado, frente a un parque de 265.108 unidades de transporte colectivo y de carga inscritas ante la Superintendencia de Administración Tributaria (SAT) al 10 de julio de 2026.
Esa relación equivale a apenas 10,7% de cumplimiento entre las unidades obligadas, lo que deja a alrededor de nueve de cada 10 vehículos sin el sistema. La medida alcanza a buses extraurbanos y a vehículos de transporte pesado de 3,5 toneladas en adelante.
La sanción sube tras seis meses de vigencia de la obligación
La obligatoriedad del SLV comenzó el 2 de marzo de 2026, después de una década de procesos, modificaciones y prórrogas vinculadas al decreto 45-2016, Ley para el Fortalecimiento de la Seguridad Vial. El dispositivo limita de forma electrónica y mecánica la velocidad máxima de las unidades.

Este 2 de septiembre se cumplieron seis meses desde la entrada en vigor de las disposiciones. A partir de esa fecha, el Reglamento Gubernativo 38-2019 activa el siguiente tramo del esquema escalonado de sanciones para propietarios y empresas que no hayan implementado el sistema.
La directora general de Transportes, Ela Escobar Pérez, informó que hasta la fecha se han registrado 192 sanciones por no contar con el dispositivo. También recordó que la obligación está respaldada por una ley aprobada hace 10 años y llamó a los propietarios a instalar el sistema en sus unidades.
Escobar agregó que existen más de 212 empresas registradas en Provial y con refrendo ante Tránsito de la Policía Nacional Civil para operar como implementadoras. Solo en el municipio de Guatemala, indicó, hay 133 empresas que prestan ese servicio.
Los registros oficiales vinculan el incumplimiento con los hechos de tránsito
El Ministerio de Comunicaciones, Infraestructura y Vivienda analizó los hechos de tránsito reportados durante junio y julio de 2026. En esos dos meses se contabilizaron 105 siniestros en los que estuvieron involucrados vehículos de transporte de pasajeros, transporte pesado y de carga.

Según ese análisis, las investigaciones posteriores determinaron que en la mayoría de los casos las unidades involucradas no contaban con el sistema. La implementación del SLV forma parte de las medidas definidas para reducir los riesgos asociados al exceso de velocidad en el transporte pesado, de carga y colectivo.
Entre marzo y julio de 2026, los reportes del Departamento de Control de la DGT registraron 629 hechos de tránsito relacionados con transporte pesado y colectivo. Esos incidentes dejaron 72 personas fallecidas y 301 lesionadas.
Del total, 539 hechos correspondieron a transporte pesado y 90 a transporte colectivo. Además de la multa por no portar el dispositivo, el reglamento prevé sanciones por reincidencia que pueden incluir la cancelación de la autorización de operación hasta por cinco años y, en determinados casos, la revocación de licencias.
La mayoría de las multas sigue impaga
La entrada en vigor de la obligación ya derivó en 192 multas entre marzo y julio de 2026 por no portar el Sistema Limitador de Velocidad. De ese total, solo dos habían sido pagadas y 190 seguían pendientes, según datos compartidos por las autoridades para este medio.

El monto adeudado por esas 190 sanciones asciende a Q3,802,166 (USD 494 mil). Ese nivel de mora se suma al bajo registro del dispositivo en el parque vehicular alcanzado por la norma.


