
El hijo de seis años de Jonathan Meléndez, tecladista de Camilo Séptimo, se convirtió en el único sobreviviente del multihomicidio que acabó con su padre, su madre embarazada, su hermana de tres años y una trabajadora del hogar.
El menor permaneció escondido entre las cobijas de una cama durante el ataque, ocurrido el 1 de septiembre en un departamento de la Zona Esmeralda, en Atizapán de Zaragoza, Estado de México.
Ahora, el pequeño enfrenta un proceso institucional que se extenderá por años, aunque ya fue entregado a familiares tras sobrevivir al ataque, la entrega física del menor no cierra el caso ante las autoridades de protección infantil.
La Fiscalía entregó al niño a familiares tras el rescate
Agentes de la Marina y policías municipales localizaron al menor con vida y sin lesiones aparentes la noche del ataque. La Fiscalía General de Justicia del Estado de México (FGJEM) lo mantuvo bajo resguardo inicial y posteriormente realizó la entrega formal a familiares directos.

El protocolo de entrega sigue un orden de prioridad establecido por las autoridades mexiquenses. Primero se busca a abuelos paternos o maternos; si no es posible, se recurre a tíos u otro familiar del círculo cercano. La propia Fiscalía valora cada caso para definir la entrega “en las siguientes horas” tras el hecho.
No se ha revelado con qué familiar quedó el niño ni su identidad completa. Las autoridades justificaron la reserva de estos datos para proteger su seguridad y privacidad.
El menor recibe atención psicológica y no declarará por ahora
El hijo de Jonathan Meléndez ya recibe atención psicológica especializada tras los hechos, de acuerdo con información confirmada por autoridades a medios de comunicación. Por el momento no rendirá declaración ante el Ministerio Público debido al estado de trauma que presenta.
La prioridad establecida por las autoridades es proteger su integridad emocional antes de someterlo a cualquier diligencia que pueda profundizar las afectaciones derivadas del ataque. Esta decisión responde a los protocolos de no revictimización que rigen la atención a menores expuestos a delitos graves.

El menor será citado a declarar una vez que se cumplimente la orden de aprehensión contra los dos detenidos por el caso, identificados como Gerardo “N” y Diego Sebastián “N”. Su testimonio podría aportar información sobre lo ocurrido antes y durante el ataque, ya que presenció los hechos desde su escondite.
El DIF dará seguimiento al menor durante tres años
La Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes obliga al DIF y a las Procuradurías de Protección a supervisar la situación del menor incluso después de que concluye cualquier forma de acogimiento familiar. Esta disposición aplica también cuando la entrega es a familiares directos, no solo en adopciones con terceros.
El artículo 30 Bis 12 de esa ley fija visitas de seguimiento con una periodicidad de seis meses durante tres años. Los reportes de trabajo social evaluarán la convivencia familiar y el desarrollo cotidiano del niño en su nuevo entorno con quien haya quedado a cargo de su cuidado.
La Procuraduría de Protección abrirá un expediente paralelo al penal

La Guía Práctica del Sistema Nacional DIF establece que la Procuraduría de Protección debe abrir un expediente propio, independiente de la carpeta de investigación que lleva la Fiscalía General de Justicia del Estado de México (FGJEM). Ese expediente incluirá un diagnóstico de la situación del menor y un plan de restitución de derechos.
La Procuraduría dará seguimiento a cada acción de ese plan hasta cerciorarse de que todos los derechos del niño estén garantizados. Solo entonces cerrará el caso, en un proceso que puede prolongarse más allá de la resolución del proceso penal contra los responsables del multihomicidio.
Las visitas de seguimiento incluirán entrevistas con el menor
El protocolo detalla que el equipo de la Procuraduría se acercará periódicamente a la familia receptora para verificar el cumplimiento de las medidas acordadas. Las visitas incluyen entrevistas tanto con los adultos a cargo como con el propio menor, para constatar que la atención brindada produce efectos positivos en su desarrollo.
Si en algún momento se detecta que el entorno familiar no garantiza sus derechos, la Procuraduría puede reactivar medidas de protección, incluida una eventual reubicación. La normativa señala que separar a un menor de su familia debe ser el último recurso disponible.
Un juez familiar deberá formalizar la guarda y custodia definitiva
La entrega hecha por la Fiscalía es una medida de protección inmediata, no una resolución legal definitiva. El Protocolo Nacional de Coordinación Interinstitucional señala que, para consolidar la custodia, debe tramitarse un proceso ante un juez o jueza de lo familiar, donde la Procuraduría de Protección actúa como representante coadyuvante del menor.
Ese trámite puede derivar en distintas figuras legales: tutela definitiva, guarda y custodia formal, o un procedimiento de designación de tutor, dado que el niño perdió a ambos padres. Ninguna autoridad ha confirmado hasta ahora si ese proceso judicial ya inició para el hijo de Jonathan Meléndez.

El menor declarará como testigo una vez concluida la orden de aprehensión
Paralelo al proceso de protección civil, el niño enfrentará su participación en el proceso penal como único testigo presencial del multihomicidio. Será citado a declarar mediante protocolos especializados para infancia una vez que se cumplimente la orden de aprehensión contra los dos detenidos, identificados como Gerardo “N” y Diego Sebastián “N”.
Esa declaración se realizará en espacios adaptados, con personal capacitado y acompañamiento psicológico, para evitar que el menor deba repetir su relato ante distintas autoridades. El objetivo es limitar el número de veces que enfrente el recuerdo del ataque durante los años que dure el proceso judicial.
El expediente del menor permanecerá bajo reserva durante todo el proceso
El Protocolo de Atención de Niñas, Niños y Adolescentes del Estado de México establece que toda la información del expediente se mantiene bajo estricta reserva. Solo puede entregarse a personas o autoridades cuya intervención represente un beneficio directo para el caso, sin riesgo de afectación al menor.

Esta reserva se extenderá durante los tres años de seguimiento del DIF, el trámite judicial de custodia y el proceso penal contra los responsables del multihomicidio. Las autoridades no han revelado hasta ahora la identidad del familiar que recibió al niño ni detalles sobre el avance del proceso de protección civil en su caso.
La Procuraduría de Protección interviene si no hay familiares disponibles
El caso se enmarca en la Guía Práctica del Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia, que establece el procedimiento a seguir cuando un menor queda en condición de vulneración de derechos. La Procuraduría de Protección de Niñas, Niños y Adolescentes del Estado de México interviene cuando no existe un familiar disponible para asumir la guarda.
El proceso contempla cinco pasos: detección del caso, diagnóstico de la situación del menor, elaboración de un plan de restitución de derechos bajo el principio de interés superior de la infancia, coordinación con instituciones como Salud o la SEP, y seguimiento hasta el cierre del expediente.

Existe además un Protocolo Nacional de Atención Integral a Niñas, Niños y Adolescentes en Condición de Orfandad, publicado por el DIF en 2021 para casos de feminicidio, que fija el estándar de representación legal y acompañamiento psicológico de largo plazo para menores que pierden a sus padres por un delito grave.
La Ley General de Víctimas obliga al DIF a garantizar protección
El artículo 38 de la Ley General de Víctimas establece que el DIF, o su equivalente estatal, debe brindar alojamiento y alimentación en condiciones de seguridad a víctimas indirectas de un delito mientras se resuelve su situación. En este caso, el menor ya fue entregado a familiares, lo que descartó la aplicación de ese mecanismo de emergencia.
La FGJEM mantiene abierta la investigación del multihomicidio, que hasta ahora contempla dos hipótesis: un robo o un ataque derivado de conflictos económicos vinculados a negocios de la familia. Los dos detenidos permanecen sujetos al proceso mientras se cumplimenta la orden de aprehensión formal.




