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Agronomía

Nueva carta de porte para semillas: desde cuándo será obligatoria y a quiénes alcanza

El circuito logístico del sector agroindustrial suma un cambio clave tendiente a la modernización y simplificación de los trámites en el campo. A través de un trabajo coordinado entre el Instituto Nacional de Semillas (INASE) y la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA), el Gobierno oficial

Cadena LáserVía TN3 min de lectura
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Nueva carta de porte para semillas: desde cuándo será obligatoria y a quiénes alcanza

El circuito logístico del sector agroindustrial suma un cambio clave tendiente a la modernización y simplificación de los trámites en el campo.

A través de un trabajo coordinado entre el Instituto Nacional de Semillas (INASE) y la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA), el Gobierno oficializó la creación de la Carta de Porte de Semillas digital, una herramienta pensada para ordenar la circulación de material de siembra, agilizar los traslados y poner fin a las superposiciones documentales que aquejaban a semilleros y productores.

La medida, aprobada bajo la Resolución INASE N° 475/2026 y publicada en el Boletín Oficial, establece un marco normativo unificado para todo el territorio nacional.

El propósito central radica en certificar de forma inequívoca que la carga transportada mantenga su rotulación como semilla desde el momento mismo de la cosecha en el lote de origen hasta su arribo a la planta de procesamiento y posterior entrega comercial, fortaleciendo la trazabilidad y la fiscalización.

En la práctica cotidiana del transporte de carga, la diferencia entre grano comercial y semilla suele generar fricciones operativas y fiscales.

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La nueva Carta de Porte exigirá obligatoriamente tres datos clave para despejar cualquier ambigüedad en ruta: la especie, la variedad específica y el código de lote declarado formalmente en el Sistema de Gestión del INASE.

Con esa triangulación de datos, se evita la confusión de la simiente con granos destinados a acopio o exportación directa, garantizando a la vez que el productor tribute correctamente las alícuotas del Impuesto al Valor Agregado (IVA), retenciones y percepciones vigentes, mediante una gestión digital totalmente gratuita para las empresas de la cadena.

Trazabilidad y control: el nuevo documento digital busca diferenciar claramente la semilla fiscalizada y curada del grano comercial durante su traslado por las rutas del país. (Foto: TN).
Trazabilidad y control: el nuevo documento digital busca diferenciar claramente la semilla fiscalizada y curada del grano comercial durante su traslado por las rutas del país. (Foto: TN).

Cronograma gradual de implementación para la nueva normativa

Para garantizar una transición ordenada en los establecimientos productivos y evitar contratiempos logísticos durante el pico de movimiento de insumos, las autoridades dispusieron una aplicación en dos etapas progresivas:

  • 1° de octubre de 2026: Comenzará a regir de manera optativa y válida la utilización del nuevo documento digital para el traslado de semillas en proceso de fiscalización, enfocado en aquellas especies cuya producción granaria general ya exige carta de porte obligatoria para circular.
  • 1° de diciembre de 2026: El uso de la Carta de Porte de Semillas pasará a ser de cumplimiento obligatorio para el transporte de semillas en fiscalización de todas las especies cuya declaración en el Sistema de Información Simplificado Agrícola (SISA) se realice con apertura por variedad.
  • Esquema de excepción: A partir del inicio de diciembre, quedará sin efecto el histórico formulario Anexo I (Resolución INASE N° 52/09) para las especies alcanzadas. Sin embargo, para aquellas variedades agrícolas que no estén comprendidas en esta primera fase del esquema, se continuará utilizando de forma provisoria el citado Anexo I.

La instrumentación de este cambio no altera las exigencias sanitarias previas. Desde los organismos técnicos aclararon que se mantendrán vigentes la inscripción activa en el Registro Nacional Sanitario de Productores Agropecuarios (RENSPA), la correcta identificación de los titulares del establecimiento, las inspecciones de constatación en planta y las pautas de bioseguridad.

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La diferencia central radicará en la interconexión de las plataformas informáticas de ARCA e INASE, que procesarán el intercambio de datos en tiempo real para formalizar el tránsito de insumos de manera automática.

Con esta digitalización, la cadena semillera obtiene un procedimiento ágil que reduce la burocracia en las rutas argentinas, resguarda el valor de la propiedad intelectual y la calidad del material de siembra, y acompaña el desarrollo técnico del sector agropecuario.

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