La Justicia ordenó la inmediata libertad de Paola Verónica Ortiz, luego de revisar la condena que cumplía desde hace más de 13 años, tras un pedido presentado por sus abogadas.
La resolución modificó la pena de prisión perpetua y reconoció circunstancias extraordinarias de atenuación vinculadas con el contexto de vulnerabilidad, pobreza y violencia que atravesaba.
El caso había generado durante años el acompañamiento de organizaciones feministas y de derechos humanos, que cuestionaron la ausencia de perspectiva de género.
Paola Ortiz recuperó la libertad
Ortiz había sido condenada en 2015 por la Cámara del Crimen de Villa María por el homicidio calificado de su bebé, ocurrido en 2012.
La Justicia, en su momento, había considerado que la mujer dejó de cuidar deliberadamente a la niña y que esa conducta provocó su muerte.
El proceso original contó con jueces técnicos y jurados populares, quienes coincidieron en la responsabilidad penal y determinaron la aplicación de la pena máxima.
Sin embargo, distintas organizaciones cuestionaron aquella interpretación y señalaron que no se había analizado adecuadamente el contexto personal y social de Paola Ortiz.
La revisión incorporó perspectiva de género
El pedido de revisión fue presentado por Rocío García Garro, de la Guardia Feminista de Abogadas de Católicas por el Derecho a Decidir Argentina, junto con Julia Luna.
El planteo puso el foco en la necesidad de analizar el caso desde una perspectiva de género con enfoque interseccional.
Según se informó, el Tribunal Superior de Justicia reconoció que en la revisión anterior no se había contemplado adecuadamente esa perspectiva.
La resolución señaló la confluencia del género con la precariedad económica, el historial de victimización y la violencia familiar atravesada por Ortiz.

De prisión perpetua a una pena de 13 años
A partir de la nueva evaluación, la condena de prisión perpetua fue modificada y quedó establecida en 13 años, 9 meses y 26 días.
La decisión reconoció circunstancias extraordinarias de atenuación relacionadas con el contexto de vulnerabilidad, pobreza y violencia en el que se encontraba la mujer.
Como Ortiz llevaba más de 13 años privada de su libertad, la Justicia ordenó su inmediata liberación.
La decisión fue celebrada por las organizaciones que acompañaron el reclamo durante los últimos años y que habían cuestionado la condena original.
El “parto en avalancha”, una de las claves del caso
Uno de los elementos incorporados durante el proceso de revisión fue un informe obstétrico referido al denominado “parto en avalancha”.
Según explicaron desde la Guardia Feminista de Abogadas, se trata de una modalidad de parto rápida y abrupta que resultaría compatible con la situación atravesada por Ortiz.
Las organizaciones sostuvieron que esta evidencia no había sido contemplada durante el juicio original y que podía modificar la interpretación de lo ocurrido.
En ese sentido, plantearon que el informe reforzaba la hipótesis de que la muerte de la bebé pudo haberse producido de manera accidental.
Una emergencia obstétrica bajo revisión judicial
El caso fue presentado por las organizaciones como una situación vinculada con una emergencia obstétrica y atravesada por múltiples condiciones de vulnerabilidad.
Desde Católicas por el Derecho a Decidir destacaron que el acompañamiento buscó visibilizar esas circunstancias y cuestionar los estereotipos utilizados sobre el rol materno.
La organización también convocó a la Mesa por la Libertad de Paola, que reunió a referentes, organizaciones y compañeras de diferentes puntos del país y la región.
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