
El Juzgado 34 de Familia de Bogotá ordenó a la Presidencia de la República de Colombia, liderada por Abelardo de la Espriella, suspender provisionalmente los operativos aéreos ofensivos contra campamentos de grupos armados, siempre y cuando exista información cierta, objetiva o razonablemente verificable sobre la presencia de menores de edad.
Según lo estipulado en el fallo judicial, la operación solo podría realizarse si, con base en la información disponible y en los protocolos operacionales aplicables, se concluye que no existe una alternativa operacional menos lesiva para alcanzar un objetivo militar legítimo.
La medida llega después del operativo militar en El Retorno, departamento de Guaviare, contra las disidencias de las Farc, lideradas por Alexander Diaz Mendoza alias Calarcá, que dejó 10 muertos. De los nueve cuerpos identificados por Medicina Legal, tres correspondían a menores de 15 y 16 años.
La orden cautelar fue dirigida a la Presidencia de la República, el Ministerio de Defensa, el Comando General de las Fuerzas Militares, el Ejército Nacional, la Fuerza Aeroespacial Colombiana y la Armada Nacional, cada uno dentro del ámbito de sus competencias. La instrucción estará vigente mientras se resuelve de fondo la acción de tutela.
Noticia en desarrollo...



