El máximo tribunal provincial modificó la prisión perpetua que cumplía por la muerte de su hija recién nacida durante un parto en avalancha en 2012. Consideró las condiciones de vulnerabilidad, pobreza y violencia que atravesaba y fijó una pena equivalente al tiempo que ya llevaba detenida.

Después de más de 13 años en prisión, Paola Verónica Ortiz recuperó su libertad por decisión del Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de Córdoba. La Sala Penal revisó la condena a prisión perpetua que pesaba sobre la mujer por la muerte de su hija recién nacida durante un parto en avalancha ocurrido en 2012 y consideró que la sentencia original no había incorporado perspectiva de género.

El tribunal resolvió modificar la pena y fijarla en 13 años, nueve meses y 26 días, exactamente el período que Ortiz ya había cumplido privada de su libertad en la cárcel de Bouwer. De esta manera, ordenó su liberación inmediata.

Ortiz, oriunda de Villa Nueva, había sido condenada en 2015 por homicidio calificado por el vínculo. El caso se originó a partir de un parto de emergencia ocurrido sin asistencia médica y en un contexto de extrema vulnerabilidad.

Una condena revisada con perspectiva de género

La revisión fue impulsada por las abogadas Julia Alejandra Luna y Rocío Pilar García Garro, integrantes de la Guardia de Abogadas Feministas de Católicas por el Derecho a Decidir (CDD). En 2024 presentaron un recurso para revisar la condena y cuestionaron, entre otros aspectos, la ausencia de perspectiva de género en el análisis del caso.

La defensa también planteó la incorporación de un informe médico que contradecía elementos de la autopsia original. No obstante, el eje central del planteo estuvo puesto en la necesidad de analizar las circunstancias que atravesaban a Ortiz al momento del parto y que, según las defensoras, no habían sido consideradas adecuadamente en el juicio.

En el nuevo fallo, los vocales Sebastián Cruz López Peña, Aída Tarditti y María Marta Cáceres de Bollati reconocieron la existencia de circunstancias extraordinarias de atenuación de la pena vinculadas con el contexto de vulnerabilidad de la mujer.

El TSJ cuestionó específicamente la ausencia de un análisis interseccional en la condena anterior.

“No se adoptó un enfoque de interseccionalidad que permitiera visibilizar la confluencia del género con la precariedad económica, el historial de victimización y la violencia familiar”, sostuvo la Sala Penal.

De esta manera, el tribunal incorporó al análisis las condiciones de pobreza, violencia y vulnerabilidad que atravesaban la vida de Ortiz y modificó la condena de prisión perpetua por una pena que ya se encontraba cumplida.

Más de una década de cárcel y una campaña por su libertad

La revisión judicial fue acompañada durante los últimos años por organizaciones feministas, de derechos humanos y del ámbito académico. Distintos espacios se presentaron como amicus curiae para advertir sobre la falta de perspectiva de género en el proceso y sobre la utilización de estereotipos vinculados al rol de las mujeres y la maternidad.

En 2026, además, distintas organizaciones confluyeron en una Mesa por la Libertad de Paola Ortiz, que sostuvo públicamente el reclamo para que la Justicia revisara la condena.

Desde Católicas por el Derecho a Decidir celebraron la resolución del TSJ y destacaron el papel que tuvo la organización colectiva en el proceso.

¡Paola libre!”, expresaron desde CDD tras conocerse la decisión. La organización señaló que el tribunal reconoció las circunstancias extraordinarias de atenuación de la pena, entre ellas “el contexto de vulnerabilidad, pobreza y violencia que atravesaba”.

“Junto a la potencia y el acompañamiento de los feminismos, hoy Paola comienza a escribir nuevamente su historia”, agregaron.

La organización también reivindicó el recorrido de Ortiz para lograr que su caso fuera revisado y sostuvo que la resolución representa un nuevo capítulo después de más de 13 años de prisión.

El fallo no absolvió a Ortiz. Mantuvo la responsabilidad penal por homicidio calificado por el vínculo, pero reconoció circunstancias extraordinarias de atenuación y redujo la pena al tiempo que ya había cumplido. Así, la decisión del máximo tribunal provincial permitió que finalmente recuperara la libertad.

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