
El Tribunal Superior de Justicia de Asturias ha confirmado el despido disciplinario de un ingeniero técnico tras una pelea con su director en la oficina de la empresa que acabó con una trabajadora herida. La sentencia, fechada el 28 de julio de 2026, ha rechazado la existencia de represalias, vulneración de derechos fundamentales o improcedencia en la medida adoptada por la empresa, y ha avalado la proporcionalidad de la sanción ante los hechos probados.
La sentencia relata que el incidente comenzó con una discusión entre el ingeniero y su director sobre la responsabilidad de un plano. Tras un intercambio verbal que derivó rápidamente en insultos, el ingeniero agarró a su superior y lo empujó hacia la puerta de salida al exterior pronunciando la frase “a mí no me toques los cojones”. Sus compañeros tuvieron que intervenir y, tras haber estabilizado la situación, el ingeniero volvió a empujar al director cuando hablaba con otro trabajador. De nuevo, una trabajadora intentó separarlos, pero recibió de forma involuntaria un golpe en la oreja y resultó herida.
En cuanto a los trabajadores implicados en la pelea, la sentencia menciona que el ingeniero sufrió erosiones y hematomas, mientras que el director tuvo contusiones y traumatismos. La gravedad del altercado y la reiteración de la conducta motivaron la apertura de un expediente contradictorio por parte de la empresa, que derivó en el despido disciplinario de ambos trabajadores.
El ingeniero alega que fue una reacción ante un ambiente tenso
El recorrido judicial del caso comenzó con una demanda inicial del ingeniero ante el Juzgado de lo Social de Gijón, que fue desestimada en febrero de 2026. La defensa del ingeniero alegó que fue víctima de hostigamiento y represalias por parte de la dirección, e intentó que se declarara la nulidad o, subsidiariamente, la improcedencia del despido.
Argumentó que el incidente fue una reacción ante un ambiente laboral “tenso y provocador”. Sin embargo, la sentencia del tribunal ha destacado que no existieron indicios suficientes de vulneración de derechos fundamentales ni pruebas de discriminación, y que la empresa actuó con igualdad al sancionar a ambos trabajadores implicados en la pelea.
Posteriormente, recurrió en suplicación ante el Tribunal Superior de Justicia de Asturias, que confirmó la resolución anterior y avaló la decisión empresarial. Conforme a la ley, la sentencia ha advertido a las partes que todavía pueden interponer recurso de casación para la unificación de doctrina ante el Tribunal Supremo, para lo que disponen de un plazo de diez días hábiles desde la notificación.




