El Ministerio de Hacienda rechazó el recurso de revocatoria de la Corte Suprema contra el recorte de ¢23,721 millones al presupuesto del Poder Judicial. (EFE/Jeffrey Arguedas)

El Ministerio de Hacienda rechazó el recurso de revocatoria presentado por la Corte Suprema de Justicia contra la propuesta de recortar ¢23,721 millones (USD 52.3 millones) del presupuesto del Poder Judicial.

La resolución MH-DM-RES-1022-2026, firmada por el ministro Rodrigo Chaves Robles y comunicada la noche del miércoles, sostiene que el oficio impugnado no modifica el presupuesto vigente. Según Hacienda, el eventual ajuste deberá tramitarse en la Asamblea Legislativa.

El Ministerio considera que la propuesta todavía no genera efectos jurídicos directos porque integra una iniciativa de ley presupuestaria. La Corte, en cambio, cuestiona la disponibilidad de las partidas incluidas en el ajuste y advierte que algunas no contarían con saldo suficiente para asumir la reducción.

Hacienda indicó que el presupuesto vigente no fue alterado

El argumento del Ministerio se refiere al oficio MH-DM-OF-0901-2026, fechado el 18 de agosto de 2026. La cartera señaló que el documento se emitió durante el proceso de formulación de una iniciativa legislativa y no constituye una decisión administrativa definitiva.

Hacienda afirmó que “el presupuesto vigente se mantiene igual” y que solo puede ser modificado mediante una ley. Bajo esa interpretación, las 85 subpartidas de la Ley N.° 10.836 mencionadas en el oficio no han registrado cambios.

La resolución señala que la Asamblea Legislativa deberá aprobar, modificar o rechazar el proyecto presupuestario. El Ministerio sostuvo que el eventual ajuste depende de ese trámite y no de una medida administrativa que ya esté en aplicación.

La cartera añadió que los actos preparatorios sin efectos jurídicos propios, directos e inmediatos no pueden ser impugnados de forma independiente. Para respaldar su criterio, citó jurisprudencia de la Sala Primera de la Corte Suprema de Justicia.

Hacienda concluyó que “el oficio N.° MH-DM-OF-0901-2026 es un acto de formulación de una iniciativa de ley” y que carece de efectos jurídicos propios, directos e inmediatos.

Hacienda sostuvo que el oficio MH-DM-OF-0901-2026 no modificó el presupuesto vigente y que cualquier ajuste debe tramitarse en la Asamblea Legislativa. (Cortesía: Universidad de Costa Rica)

La Corte cuestionó la disponibilidad de 56 partidas presupuestarias

Según El Observador, la Corte revisó las 85 subpartidas señaladas por Hacienda y determinó que 56 registran una disponibilidad inferior al monto que se pretende rebajar.

El Poder Judicial calculó una insuficiencia de ¢17,258.2 millones (USD 38.1 millones). La institución plantea que las holguras presupuestarias identificadas por Hacienda no estarían disponibles materialmente en las cuentas consideradas.

En el rubro de edificios, la propuesta incluye un recorte de ¢7,965.3 millones (USD 17.6 millones). La Corte reportó que esa partida tiene un disponible de ¢12.7 millones (USD 28,024).

El documento citado por El Observador también detalla la situación de los alquileres. Hacienda propuso una rebaja de ¢2,099.6 millones (USD 4.6 millones), mientras el Poder Judicial señaló un saldo disponible de ¢98.5 millones (USD 217,353).

En bienes de capital, el ajuste propuesto asciende a ¢12,333.5 millones (USD 27.2 millones). De acuerdo con la Corte, el disponible en ese rubro es de ¢1,034.1 millones (USD 2.3 millones).

Para el Poder Judicial, esas diferencias muestran “de manera incontrovertible la inexistencia del motivo” para aplicar la rebaja. El reclamo se concentra en que los recursos considerados para el ajuste no alcanzarían para respaldarlo.

Orlando Aguirre cuestionó los criterios usados para definir el ajuste

Antes de que Hacienda resolviera el recurso, el presidente de la Corte Suprema de Justicia, Orlando Aguirre, cuestionó que el Ministerio no explicara los criterios utilizados para establecer el monto de la reducción.

La resolución MH-DM-RES-1022-2026 afirmó que la propuesta de recorte integra una iniciativa de ley y no produce efectos jurídicos directos e inmediatos. (Imagen Ilustrativa Infobae)

La posición de la Corte fue que la cifra planteada no respondía a un análisis técnico y objetivo. El recurso incluyó ese cuestionamiento junto con el detalle de las subpartidas que, según la institución, no disponen de los recursos identificados.

El Poder Judicial también alegó que la rebaja podría afectar la prestación de servicios judiciales a la población. Hacienda no valoró en su resolución si el monto fue calculado con base en criterios técnicos.

La decisión ministerial se limitó a analizar la procedencia del recurso contra el oficio. Por ello, no emitió un pronunciamiento de fondo sobre los argumentos relacionados con los saldos presupuestarios ni sobre los posibles efectos del ajuste.

Hacienda rechazó la nulidad y la medida cautelar solicitada

La gestión de nulidad concomitante presentada por el Poder Judicial fue rechazada por improcedente. Hacienda aplicó el mismo criterio a la solicitud de una medida cautelar provisionalísima para suspender los efectos y la aplicación del recorte.

El Ministerio indicó que la petición carece de objeto porque no existe una ejecución administrativa ni una decisión que deba suspenderse. La cartera mantuvo su posición de que el presupuesto vigente no ha sido modificado.

Hacienda añadió que una medida cautelar de esa naturaleza corresponde a un proceso jurisdiccional y no al despacho ministerial. La resolución mantiene el debate dentro del trámite presupuestario y legislativo.

El artículo 177 contempla una decisión de la Presidencia

Según El Observador, la Corte había anticipado que, si la discrepancia continuaba luego del recurso de revocatoria, el conflicto debía elevarse ante la presidenta Laura Fernández, conforme al artículo 177 de la Constitución Política.

La norma establece que, cuando surge un conflicto durante la preparación del proyecto ordinario de presupuesto, la decisión definitiva corresponde a la Presidencia de la República.

El texto constitucional también faculta al departamento especializado del Poder Ejecutivo encargado de preparar el proyecto a reducir o suprimir partidas incluidas en los anteproyectos de los ministerios, la Asamblea Legislativa, la Corte Suprema de Justicia y el Tribunal Supremo de Elecciones.

La resolución de Hacienda lleva la discusión al ámbito legislativo, mientras el Poder Judicial mantiene sus observaciones sobre la disponibilidad de los recursos y el cálculo del ajuste. Durante la noche del miércoles no fue posible obtener una posición de la Corte Suprema de Justicia sobre lo resuelto por el ministro Chaves.