
El Gobierno de México publicó este 28 de agosto en el Diario Oficial de la Federación (DOF) los “Lineamientos Generales para la Protección de los Derechos de las Audiencias”, emitidos por el Pleno de la Comisión Reguladora de Telecomunicaciones (CRT) mediante acuerdo unánime emitido el miércoles.
La norma cierra un proceso que duró semanas y generó críticas de medios, organizaciones civiles y legisladores de oposición, quienes advirtieron riesgos de censura en el proyecto original.
La consulta pública que precedió a la publicación reunió 8,889 participaciones -una de las más grandes en materia de regulación de medios en el país- y derivó en ajustes al texto. Más del 80 por ciento de los comentarios recibidos se expresó en contra del proyecto inicial.
La CRT aprueba el texto por unanimidad tras ajustes derivados de la consulta
El Pleno de la CRT aprobó los lineamientos en su Vigésima Cuarta Sesión Extraordinaria. La comisionada presidenta Norma Solano Rodríguez firmó el acuerdo junto con los comisionados Ledénika Mackensie Méndez González, María de las Mercedes Olivares Tresgallo, Adán Salazar Garibay y Tania Villa Trápala.

En el artículo sobre veracidad, la CRT ajustó el texto a la literalidad del artículo 6° constitucional. La norma obliga a los concesionarios a adoptar medidas para preservar la pluralidad y veracidad de la información con base en sus propios códigos de ética, no en criterios externos. Solano aclaró que la comisión no tiene facultad para revisar contenidos ni para determinar qué noticias deben retirarse del aire.
En materia de sanciones, el texto definitivo remite al artículo 295 de la Ley en Materia de Telecomunicaciones y Radiodifusión, que fija multas de 0.01% hasta 1% de los ingresos acumulables del concesionario por no contar con mecanismos de defensa, no nombrar defensor de audiencias o no emitir un código de ética.
Semanas de polémica marcaron el camino al DOF
La Cámara Nacional de la Industria de Radio y Televisión (CIRT) fue la primera en alertar, el 28 de julio, que el proyecto original permitiría a la autoridad determinar cuándo una información es falsa o está fuera de contexto, y que las multas y la posibilidad de que la CRT revisara resoluciones de las defensorías generaban riesgos para la libertad editorial.
Organizaciones como Artículo 19 y Mexicanos contra la Corrupción y la Impunidad señalaron que los lineamientos originales otorgaban a la CRT facultades no previstas en la ley. Human Rights Watch advirtió, el 25 de agosto, que el mecanismo abría la puerta a la censura al permitir que la comisión revirtiera fallos de los defensores de audiencias.
Tras la aprobación del texto ajustado, el presidente de la CIRT, José Antonio García Herrera, respaldó el resultado y lo calificó como un equilibrio entre regulación, libertad editorial y viabilidad económica de la industria.
Qué establece la norma publicada en el DOF
Los lineamientos son de observancia obligatoria para concesionarias de televisión abierta, radio, televisión y audio de paga, así como programadoras. Entran en vigor 30 días naturales después de su publicación, es decir, a finales de septiembre.
Cada concesionaria debe contar con un código de ética que incluya criterios editoriales para el tratamiento de información noticiosa, mecanismos para nombrar a la persona defensora de audiencias y procedimientos para atender quejas. Las concesionarias de uso social comunitaria, indígena y afromexicana tienen un plazo de 180 días hábiles para presentar la inscripción de su código.
La persona defensora recibirá, registrará y dará seguimiento a las quejas de las audiencias. Tiene un plazo máximo de 20 días hábiles para resolverlas. Si el medio no atiende la recomendación, la audiencia puede solicitar la intervención de la CRT, que exhortará al concesionario y, de no obtener respuesta, iniciará el procedimiento sancionatorio.