Un hombre reclamó a su aseguradora el pago de la cobertura por el robo de su Fiat Palio, ocurrido mientras estaba estacionado en una calle de Marcos Juárez. Sin embargo, la Justicia rechazó la demanda y determinó que la empresa no debía indemnizarlo por las condiciones en las que había dejado el vehículo.

El propietario explicó que el auto tenía un desperfecto en el tambor que le impedía retirar la llave. Aun así, decidió dejarlo durante más de tres horas en la vía pública, abierto y con la llave colocada, mientras visitaba a un amigo. La compañía negó la cobertura al considerar que existió “culpa grave”, una causal contemplada por el artículo 70 de la Ley de Seguros.

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El juez Edgar Amigó Aliaga tuvo en cuenta que el rodado no tenía alarma, contaba con una sola llave y había quedado sin cerrar. En su resolución, sostuvo: “La culpa grave como causa legal de exoneración de la responsabilidad de la aseguradora excede la regular graduación de negligencia —que se encuentra amparada en los contratos de seguro— y, por su magnitud, resulta cercana a la intencionalidad en la producción del evento dañoso”.

Además, el magistrado remarcó que el dueño había eliminado prácticamente todas las medidas de protección del vehículo. Según señaló, “le quitó al vehículo de su propiedad casi la totalidad de las medidas de seguridad con que cuenta un rodado para evitar su sustracción”. También consideró que podía haber utilizado otras alternativas, como una cochera, una traba volante, una alarma, un corta corriente o incluso otro medio de transporte.

Finalmente, la Justicia descartó el argumento de que Marcos Juárez fuera una ciudad con pocos robos. El fallo entendió que las estadísticas delictivas parten de la base de que los vehículos permanecen cerrados y sin las llaves colocadas. Por eso, concluyó que dejar el auto abierto y con la llave puesta configuró una combinación de conductas “groseras, extraordinarias, inexcusables o extremas” que aumentó de manera decisiva el riesgo y liberó a la aseguradora de pagar la indemnización.