La norma, que cuenta con media sanción del Senado, determina que serán objeto del pago la «tenencia de moneda nacional y/o extranjera, inmuebles, muebles, acciones, participación en sociedades y derechos de beneficiario de fideicomisos o similares».La norma, que cuenta con media sanción del Senado, determina que serán objeto del pago la «tenencia de moneda nacional y/o extranjera, inmuebles, muebles, acciones, participación en sociedades y derechos de beneficiario de fideicomisos o similares».Leer más
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